Como en todos los sectores, existen mitos que no por ello, son ciertos y claro en el aspecto económico, pueden darnos más de un dolor de cabeza si los llevamos al pie de la letra.
“ESTAS OBTENIENDO INGRESOS PEQUEÑOS, PERO NO ES OBLIGATORIO DARTE DE ALTA”
“HASTA QUE NO CONSIGAS 3.000 € DE INGRESOS AL AÑO NO HAY QUE DARSE DE ALTA DE AUTONOMO”
“COBRO POR BIZUM O POR CUENTA CORRIENTE ALGUN TRABAJILLO EXTRA PERO NO ES PROBLEMÁTICO”
¡ERROR! Ninguna de las tres frases son correctas. En los últimos tiempos con la pandemia y el confinamiento a la Agencia Tributaria además se le están facilitando las comprobaciones con pistas de toda clase:
- Perfiles en redes sociales con logotipo o sin logotipo ofreciendo servicios o artículos. Algunos demostrando que estos intercambios se realizan. En algún caso ventas o prestaciones de servicio simuladas, lo cual es peor incluso porque demuestran que existe actividad económica con la obligación de estar de alta arriesgando a ser inspeccionados y a pagar por algo que ni se ha llegado a realizar.
- Cobros obtenidos por cuentas corrientes vía ingresos, transferencias, bizum. Porque el bizum es magnífico y muy cómodo para hacer un pago cuando hemos ido a comer y nuestro amigo nos lo debe y nos lo devuelve rápidamente sin tener que ir a un cajero. Pero todo lo que entra en cuenta corriente deja rastro y el rastro es prueba de que el ingreso ha existido. Habrá que demostrar que le hemos pagado a nuestros amigos una comida, una camiseta, un libro, el juego de la consola, media quincena de Agosto en el hotel de Tenerife… También habrá que justificar que tenemos muchos amigos, que nunca llevan dinero encima y que además vamos a muchos sitios y siempre somos el solidario que pone el dinero primero y luego nos lo devuelven. No cuela
- Vendo a domicilio, por catálogo o/y por mensajería instantánea productos haciendo de intermediación de una empresa multicanal, una multinacional o una pyme y esta me hace las liquidaciones mensuales vía ingreso en mi cuenta corriente e incluso me retiene cantidades que ingresa en mi nombre a la Agencia Tributaria… te han pillado con las manos en la masa. Nada más que añadir.
Estas son situaciones que, sumadas a las tres frases arriba mencionadas, hacen un coctel que si el funcionario de turno, hace su trabajo, no nos salva ni un milagro de la sanción, con su recargo correspondiente y quizás una estimación de ingresos según la actividad que se realiza de manera encubierta durante todo el tiempo que se pueda demostrar que se ha acometido la actividad… lo que viene siendo un auténtico chollo.
Abandonemos estos mitos. Tengamos ingresos extras, pero haciendo las cosas correctamente.